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Estimados amigos de la Asociación Michoacana de Cibercafés:
Ernesto Villanueva
El debate sobre asuntos tradicionales del derecho de la información —propios de principios y mediados del siglo pasado en las democracias desarrolladas—, ha hecho que en México la discusión sobre la normatividad en Internet no aparezca en la escena pública. Se trata de un problema que más pronto que temprano habrá de ser objeto de atención por su paulatina trascendencia social. Y es que hoy en día, salvo por lo que concierne al comercio electrónico, no existe regulación alguna ni iniciativa autorregulatoria en esta materia en el país. La proliferación de cafés con Internet, del pausado pero constante acceso familiar a la red y de las crecientes facilidades en los trabajos, en las escuelas y en los lugares de esparcimiento para entrar a la red constituyen algunos focos amarillos que anuncian que algo debería hacerse al respecto en nuestro país.
Ni duda cabe que una solución de fondo depende de un despliegue normativo de carácter supranacional, pero es cierto también que es posible de-sarrollar esfuerzos nacionales con resultados considerables. Por supuesto, no creo que deba censurarse en modo alguno los contenidos que circulan en la red, pero sí estoy convencido de que se deben adoptar algunas medidas que garanticen los derechos de los distintos sectores de la comunidad. No es una idea personal ni mucho menos. Tratados internacionales, convenciones y constituciones en los cinco continentes prevén las salvaguardas correspondientes. El desafío es —y ha sido— cómo transitar del deber ser al ser o, en otras palabras, cómo hacer para que la letra de la ley no sea letra muerta.
En diversas partes del mundo se están dando pasos para lograr un equilibrio mínimo entre estas dos cuestiones. El caso de Alemania representa una experiencia muy interesante porque constituye un sistema atípico de regulación-autorregulación que rompe con el paradigma fundamental de la separación entre la ley —la regulación— y la deontología— la autorregulación—, según el cual la deontología no sustituye al derecho, antes bien, lo complementa. Pero en todo caso, cada uno actúa en su propio espacio normativo.
En efecto, desde 1997 funciona en Alemania el sistema voluntario de autorregulación de los proveedores de servicios multimedia (Freiwillige Selbstkontrolle Multimedia) creado con los propósitos de promover la educación y la capacitación en el entorno multimedia, el sistema democrático de gobierno y poner en práctica el código de conducta adoptado por sus miembros. Este sistema está integrado por 450 empresas que operan en línea (diarios, radiodifusoras, televisoras etcétera) las cuales se han comprometido a observar en sus transmisiones los principios éticos contenidos en su código de conducta, que tiene seis prohibiciones básicas:
a) Incitación al odio o a la violencia; b) Incitación a la comisión de delitos; c) Incitación al odio racial; d) Difusión de material de propaganda de organizaciones inconstitucionales; e) Conductas que puedan conducir a sabotajes y f) Diseminación de contenidos con pornografía.
La sociedad alemana ha empezado a familiarizarse y a confiar en el mecanismo de autorregulación. Prueba de ello es que durante el año 2000 se presentaron mil 600 quejas sobre 627 contenidos. El 60% de los contenidos es emitido desde empresas registradas en Alemania en tanto el 40% restante proviene del exterior. La eficacia también ofrece un panorama optimista si se toman en cuenta los resultados que se han logrado en estos tres años. En el 2000, por ejemplo, de los contenidos provenientes de Alemania 50% de los casos se resolvió en forma arbitral. El 35% ha sido rechazado o sigue en proceso y 15% se ha resuelto a favor del quejoso.
El reto mayor se presenta, sin embargo, con 40% de los contenidos cuestionados que son emitidos desde fuera de Alemania, pues sólo 15% resulta atendido, gracias a los convenios de colaboración con otros sistemas de autorregulación similares, localizados fundamentalmente en Europa dentro de la red in hope, de la cual forman parte, entre otros, Austria, España y los países escandinavos. Ciertamente la eficacia sistémica no es gratuita.
El secreto se localiza en la naturaleza de las sanciones. La primera sanción que recibe una empresa asociada es un aviso privado para que corrija el contenido impugnado. La segunda sanción consiste en una amonestación pública que debe ser transmitida por el sitio desde el cual se emitió el contenido amonestado. Y la tercera sanción —que se pone en práctica una vez que las dos primeras no han surtido el efecto disuasorio buscado— implica la expulsión de la entidad de autorregulación.
La expulsión no sólo conlleva descrédito público para la empresa en cuestión, sino también la obligación legal de contratar a un consejero externo encargado de verificar que se cumplan las normas previsas en la ley en relación con los contenidos, con especial referencia a la protección de la juventud y la prohibición de la pornografía. Hasta el momento ninguna empresa multimedia alemana ha sido expulsada del sistema, bien sea por convicciones éticas o por razones económicas, habida cuenta de que resulta más económico y más prestigioso formar parte del órgano autorregulador que erogar el sueldo de un auditor externo permanente.
Se
puede advertir claramente que en la tercera sanción se concreta la unión entre
el derecho y la ética. La ética funciona como una alternativa supletoria, pero
el derecho se encarga de que a final de cuentas se cumpla con el espíritu de la
Constitución alemana de protección a los derechos mínimos que se consideran
necesarios en una sociedad democrática. Que Alemania, además, haya avanzado en
esta singular fórmula de combinación ético-jurídica no es poca cosa. Y es
que se trata de la fuente originaria de donde dimana el derecho escrito o
continental que llegó a México de la mano de la conquista española. Sistema
legal que perdura, por lo demás, hasta nuestros días a lo largo y a lo ancho
de América Latina. La alternativa alemana adoptada para encarar el problema de
los contenidos en Internet no es, ni con mucho, la panacea o la solución ideal,
pero parece uno de los caminos menos malos que valdría la pena considerar al
momento de que en México alguien decida dar el primer paso.
(Comentarios: ernestvillanueva@hotmail.com)
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Última modificación: 18 de abril de 2001
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